Siempre que un trabajador autónomo tenga trabajadores a su cargo le serán de aplicación las bonificaciones del programa para fomento del empleo que estén vigentes para el colectivo al que pertenezca el trabajador.
El programa de fomento del empleo de la Ley 43/06 establece las posibles bonificaciones que se orientan a colectivos como personas con discapacidad, víctimas de violencia de género o doméstica, trabajadores en situación de exclusión social, así como bonificaciones por mantenimiento de trabajadores con 60 años o más, o mujeres reincorporadas tras el período de maternidad o por excedencia por el cuidado de hijos.
Por otra parte tenemos el Real Decreto Ley 10/2010 para jóvenes inscritos como desempleados al menos 12 meses y que no hayan completado la escolaridad obligatoria o carezca de titulación profesional, desempleados mayores de 45 años inscritos en la oficina de empleo al menos 12 meses, transformación en indefinidos de contratos formativos, de relevo y de sustitución por anticipación en la edad de jubilación y jóvenes desempleados que celebren contratos para la formación.



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